
Redacción:
A medida que se acercan las elecciones del 2 de junio, en las que se elegirán varios cargos, incluido el de presidente de la República, surge la interrogante sobre la posible implementación de la ley seca durante la jornada electoral. Según la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en su artículo 300, se establece la posibilidad de «limitar» el horario de venta de bebidas alcohólicas tanto el día de la elección como el día previo.
La normativa destaca que «el día de la elección y el precedente, las autoridades competentes podrán establecer medidas para limitar el horario de servicio de los establecimientos en los que se sirvan bebidas embriagantes», respetando la normatividad vigente en cada entidad federativa. En el caso del Código Electoral del Estado de México, específicamente en el artículo 348, se prohíbe la venta de bebidas embriagantes en establecimientos cuya actividad principal sea esa, con excepciones para los restaurantes cuya actividad principal sea la venta de alimentos preparados.
En la Ciudad de México, la Ley de Establecimientos Mercantiles señala que será la Secretaría de Gobierno la encargada de determinar la implementación de la ley seca, ordenando la suspensión de actividades en los establecimientos mercantiles en fechas u horarios determinados con el objetivo de mantener el orden y la seguridad pública.
¿Qué ocurrió en elecciones anteriores?
La implementación de la ley seca durante las elecciones es una práctica recurrente en México. En las elecciones de 2018, varios estados adoptaron esta medida, prohibiendo la venta de bebidas alcohólicas durante la jornada electoral. Además, la ley seca también ha sido aplicada en otros eventos como Semana Santa 2024 en algunas alcaldías de la CDMX y otros estados.
Considerando la normativa vigente y la experiencia de elecciones anteriores, se estima que para las elecciones del 2 de junio de 2024 se implementará la ley seca, prohibiendo la venta de bebidas embriagantes durante la jornada electoral.
Fotografía | Quadro24